En situaciones de crisis empresarial extrema de una PYME surge una duda clave: ¿se puede aprobar un expediente de regulación de empleo (ERE) sin pagar indemnizaciones ni ofrecer medidas sociales?
La respuesta de los tribunales es que sí, siempre que la empresa acredite de manera fehaciente que no dispone de margen económico ni patrimonial para afrontar estos compromisos.
En casos recientes, como el resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se ha validado un despido colectivo sin indemnizaciones en una PYME que se encontraba en concurso de acreedores con escasa masa activa. Los jueces han subrayado que:
Este tipo de sentencias ponen de manifiesto que la clave no es “no pagar”, sino documentar y demostrar correctamente la situación económica insostenible. Solo así se puede obtener la validación judicial de un ERE en condiciones tan extremas.
Aunque la situación pueda parecer injusta, la legislación busca un equilibrio: si la empresa ya no tiene activos ni ingresos, la vía realista para cobrar las indemnizaciones es el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que cubre hasta determinados límites.