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El TSJ reconoce el derecho a computar el permiso parental como tiempo efectivo de trabajo de cara al cálculo de vacaciones
01 - 10 - 2025

El TSJ reconoce el derecho a computar el permiso parental como tiempo efectivo de trabajo de cara al cálculo de vacaciones

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sentencia núm. 434/2025, de 5 de junio) ha confirmado la decisión del Juzgado Social núm. 28 que reconocía a una trabajadora el derecho a considerar como tiempo de trabajo efectivo el período de permiso parental solicitado, a efectos del devengo de las vacaciones.

 

En este sentido, el TSJ desestima el recurso de la empresa y confirma que:

  • El tiempo de disfrute del permiso parental debe computarse como trabajo efectivo a efectos de vacaciones, salvo que exista un pacto expreso de suspensión.
  • La conducta de la empresa vulneró el derecho fundamental de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, ya que conocía la oposición de la trabajadora y no adoptó una actitud proactiva para garantizar sus derechos.
  • Se mantiene la indemnización por daño moral, que no requiere acreditación económica exacta, ya que deriva de la propia vulneración del derecho fundamental.

 

Esta resolución refuerza la protección de los derechos de conciliación, recordando que las empresas deben actuar con diligencia y buena fe ante solicitudes de permisos parentales. También establece que no se puede reducir el derecho a vacaciones por el ejercicio de estos permisos, y que la falta de una actitud respetuosa por parte de la empresa puede implicar responsabilidad indemnizatoria.