Las principales novedades fiscales para este 2025 se resumen en:
Impuesto sobre Sociedades (IS):
- Reintroducción de medidas declaradas inconstitucionales: Mediante la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, se vuelven a introducir en el IS medidas que habían sido anuladas por el Tribunal Constitucional por haber sido aprobadas mediante un decreto ley. Estas medidas son aplicables en los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2024 e incluyen:
- Límites en la compensación de bases imponibles negativas (BINs): Dependiendo del importe neto de la cifra de negocios (INXN) de los 12 meses anteriores, los límites son:
- Inferior a 20 millones €: 70%
- Entre 20 y 60 millones €: 50%
- Superior a 60 millones €: 25%
- Límites a la deducción para evitar la doble imposición (DDI): Para empresas con un INXN de al menos 20 millones €, el límite es del 50% sobre la cuota íntegra positiva.
- Regla de reversión mínima de deterioros: Se establece una integración mínima en la base imponible de los deterioros deducibles en periodos anteriores al 2013, aplicable durante los tres primeros ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2024.
- Limitación al aprovechamiento de pérdidas por grupos fiscales: A los ejercicios 2024 y 2025, los grupos fiscales tendrán un límite del 50% en el aprovechamiento de la integración de BINs generadas en el mismo ejercicio. La parte no aprovechada se integrará en décimas partes durante los diez primeros periodos impositivos posteriores.
- Mejoras en la reserva de capitalización: Para los periodos impositivos iniciados el 2025, se incrementa el porcentaje sobre el incremento de los fondos propios al 20% (hasta el 30% con incremento y mantenimiento de plantilla) y el límite de la reducción sobre la base imponible previa al 20% (25% para micropymes). El periodo de mantenimiento se mantiene en tres años.
Reducción del tipo de gravamen para Pymes y cooperativas: A partir del 1 de enero de 2025, los tipos impositivos se reducen progresivamente hasta el 2029, llegando al 20% para Pymes con un INXN inferior a 10 millones € y al 17% para micropymes con un INXN inferior a 1 millón €, para la base imponible hasta 50.000 €.