En los últimos días se ha extendido la idea de que los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 € podrían dejar de repercutir IVA. Sin embargo, esta medida no está aprobada ni en vigor en España.
El origen del debate se encuentra en la Directiva (UE) 2020/285, que permite a los Estados miembros establecer un régimen de franquicia de IVA para pequeños negocios. Esta normativa habilita fijar un umbral de hasta 85.000 € anuales de facturación para quedar exento del impuesto.
Ahora bien, su aplicación no es automática: cada país debe adaptarla a su legislación interna. A día de hoy, España todavía no ha realizado esta transposición, aunque el plazo ya ha vencido y la Comisión Europea ha iniciado actuaciones por este retraso.
Actualmente, desde el punto de vista fiscal:
Es decir, no hay ningún cambio en la operativa habitual.
En caso de que España acabe implementando este sistema, los autónomos por debajo del umbral podrían no incluir IVA en sus facturas y no tener que presentar declaraciones periódicas de este impuesto. Sin embargo, esta simplificación conllevaría una contrapartida relevante: no se podría deducir el IVA soportado en los gastos. Esto hace que el régimen no sea necesariamente ventajoso en todos los casos, especialmente en actividades con inversión o costes elevados.
El debate se ha reactivado principalmente por la presión de la Unión Europea para adaptar la normativa, las demandas de distintas asociaciones de autónomos y el contexto político y fiscal actual. No obstante, en este momento no existe un calendario concreto ni una propuesta normativa aprobada.