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Exención en el IRPF por la entrega de acciones a los trabajadores
15 - 07 - 2024

Exención en el IRPF por la entrega de acciones a los trabajadores

La Dirección General de Tributos está considerando la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores dentro de un plan de retribución flexible, según una consulta vinculante de abril de 2024 (referencia V0667-24). Esta exención se basa en el artículo 42.3.f) de la Ley del IRPF, que permite que los rendimientos del trabajo en especie por la entrega de acciones estén exentos hasta 12.000 euros anuales, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

 

Los trabajadores pueden adquirir acciones de la empresa en el marco de un plan de retribución flexible, con la condición de mantenerlas durante un mínimo de tres años. Este tipo de rendimiento se considera rendimiento del trabajo en naturaleza y está sujeto a retención según el artículo 42.1 de la Ley del IRPF. Es importante que la oferta de acciones se haga en igualdad de condiciones para todos los trabajadores de la empresa y que contribuya a su participación en la misma.

 

La normativa vigente establece que la entrega de acciones tiene que ser conforme a las disposiciones del convenio colectivo o del contrato de trabajo para ser considerada un verdadero rendimiento del trabajo en especie, con sus implicaciones fiscales correspondientes.

 

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