Un error formal en la liquidación anula definitivamente la sanción / Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS 975/2025, de 15 de julio) ha establecido un criterio de gran relevancia en materia sancionadora: si la Agència Tributària comete un error formal en la liquidación de un contribuyente, la sanción vinculada queda anulada de manera definitiva y no se puede volver a imponer por los mismos hechos.
Este pronunciamiento pone fin a una práctica cada vez más frecuente de la Administración, que, tras ver anulada una sanción por defectos procedimentales, intentaba iniciar un nuevo expediente sancionador. El Supremo recuerda que esto vulnera el principio constitucional de non bis in idem, que prohíbe juzgar o sancionar dos veces a una misma persona por los mismos hechos.