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Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720)
07 - 03 - 2023

Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720)

Recordamos que la Ley 7/2012, de 29 de octubre, incluyó la obligación de declarar los bienes y derechos situados en el extranjero por un valor conjunto superior a 50.000 euros. Hasta el día 31 de marzo de este año se podrá presentar el modelo 720 de declaración de los bienes y derechos en el extranjero.

 

¿Quiénes están obligados a declarar?

– Personas físicas o entidades residentes en territorio español.

– Titulares jurídicos o titulares reales de bienes en el extranjero.

 

¿Qué bienes se deben declarar?

– Cuentas y depósitos abiertos en entidades ubicadas en el extranjero.

– Valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.

– Bienes inmuebles ubicados en el extranjero.

 

¿A partir de qué importe se debe hacer la declaración?

– Debe superar los 50.000€ para alguno de los conjuntos de bienes indicados en el apartado anterior.

 

En caso de que se encuentren obligados a presentarla por haber adquirido bienes en el extranjero durante este pasado 2022 o por haber incrementado los bienes que ya habían declarado con anterioridad en un mínimo de 20.000€, se pueden poner en contacto con nuestro despacho a la mayor brevedad posible para gestionar la presentación del modelo.

 

Como siempre, quedamos a su disposición para aclarar aquellos dudas que se les puedan plantear.

 

Atentamente,

 

BOSCH CONSULTORIA EMPRESARIAL, S.L.U.

Departamento Fiscal

 

Vic, a 6 de marzo de 2023.