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15 - 09 - 2017

Aprobado el modelo 232 de “Declaración informativa de operaciones relacionadas con paraísos fiscales”

En el BOE de 30 de agosto de 2017, y con efectos para las declaraciones correspondientes a los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016, se publicó la Orden por la que se aprobaba el modelo 232 de “Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales”, que deberá presentarse cuatro meses después de la fecha de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades.

 

 

– Únicamente tendrán que cumplimentarla aquellas entidades afectadas, reduciendo las cargas fiscales indirectas asociadas a la presentación de esta declaración.

 

– Se mantiene la obligación de informar acerca de las operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones en el período impositivo supere los 250.000 euros, de acuerdo con el valor de mercado.

 

– La actual orden ministerial obliga a informar sobre operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada tipo de operación en el período impositivo supere los 100.000 euros, independientemente del método de valoración utilizado.

 

 

En el ámbito de las operaciones vinculadas, la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades presenta novedades en relación con la documentación específica a elaborar por las entidades afectadas, regulando un contenido simplificado para aquellas entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 45 millones de euros, y no siendo necesaria en relación con determinadas operaciones.

 

Desde el departamento de Asesoramiento Fiscal de Consultoría Bosch os podemos aportar toda la información necesaria sobre la aplicación del nuevo modelo 232. Nuestros especialistas en fiscalidad están a vuestra disposición.