Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, empresas y profesionales autónomos deberán adaptar obligatoriamente sus sistemas de facturación a los requisitos exigidos por la Agencia Tributaria. El principal objetivo de esta ley es evitar el fraude y garantizar la integridad de los registros.
A partir del 29 de julio de 2025, todos los desarrolladores de software de facturación deberán haber adaptado sus sistemas a la nueva normativa. Y a partir del 2026, esta obligación afectará directamente empresas y autónomos:
Todos los sistemas informáticos de facturación (SIF) deberán garantizar:
El uso de sistemas que permitan generar una facturación no declarada será considerado una infracción grave, con sanciones que pueden alcanzar los 50.000 € por ejercicio. Si además el software no cumple, también se podrá sancionar al proveedor tecnológico.
Si ya utilizas un software de facturación, solicita a tu proveedor una declaración responsable que acredite que cumple todos los requisitos legales. Esta declaración debe incluir: datos del proveedor (NIF, nombre, dirección), versión e identificación del software, compromiso explícito de conformidad con la normativa y fecha y firma del responsable legal. Sin esta declaración, te puedes exponer a sanciones de hasta 150.000 € por ejercicio.
INFORMACIÓN IMPORTANTE: Desde Consultoria Bosch os presentaremos, durante el tercer trimestre del año, diferentes herramientas online ajustadas a vuestras necesidades, para aquellos de vosotros que no tengáis un programa de facturación o bien el que tengáis sea obsoleto o no queráis renovar la licencia. Asimismo, os daremos información detallada de cuáles son las nuevas obligaciones que conlleva la normativa y cómo podréis cumplirlas debidamente.