A raíz de la nueva reforma de las cotizaciones de autónomos, queremos informarles de que dispone hasta el próximo 30 de septiembre para:
– Proceder a realizar un incremento de bases de cotización en el supuesto que considere que su rendimiento neto mensual, a partir de 2023, no le permitirá escoger una base de cotización más alta y este incremento sea de su interés.
A efectos ilustrativos, se adjunta la tabla relativa al rendimiento neto mensual y las bases mínima y máxima por tramo, que estará vigente a partir de 2023.

A modo de ejemplo, por un autónomo que tenga una base de cotización a día de hoy de 1.500 euros y la quisiera ascender a 3.000 euros, pero el rendimiento medio mensual que prevé tendrá para 2023 estuviera comprendido en el tramo 7 de la tabla anterior, para poder tener la base de cotización para 2023 es necesario que comunique el incremento antes de 30/09/2022 para que surta efectos el 4º trimestre de 2022 y se le pueda mantener con independencia de sus rendimientos de 2023 para ese año, si así lo desea.
En caso de no proceder al incremento antes del 30/09, tal y como prevé actualmente el RDL que aprueba la norma, la base de cotización estará encontrada en lo que establece su tramo de rendimientos. En el caso del ejemplo, estaría encontrada a 2.760 euros.
Próximamente recibirá una Newsletter con todos los detalles del cambio de normativa con efectos a partir de 2023.
Esperamos sea de su interés y quedamos a su disposición para aclarar las dudas que se le puedan plantear.
Publicación del BOE del Real Decreto ley 13/2022, de 26 de julio.