La Directiva (UE) 2023/970 establece un nuevo marco europeo para reforzar el principio de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Esta normativa introduce medidas concretas de transparencia salarial y refuerza los mecanismos para detectar y corregir posibles discriminaciones. Los Estados miembros, incluida España, tienen de plazo hasta el 7 de junio de 2026 para adaptarla a su ordenamiento jurídico.
La directiva parte de la realidad de que existe una falta de transparencia en los sistemas retributivos, lo que dificulta identificar desigualdades salariales. No obstante, esta nueva normativa fija como principales objetivos:
- Garantizar la igualdad retributiva por trabajos de igual valor
- Facilitar la detección de brechas salariales injustificadas
- Reforzar los derechos de reclamación de las personas trabajadoras
3 principales medidas que deberán aplicar las empresas
Transparencia antes de la contratación:
Las empresas deberán:
- Informar sobre el salario inicial o la banda salarial del puesto
- Evitar preguntar por el salario anterior del candidato
- Garantizar procesos de selección neutros y no discriminatorios
Esta información deberá facilitarse antes de formalizar el contrato.
Transparencia en las políticas salariales:
Los empleadores deberán poner a disposición del personal:
- Los criterios de determinación del salario
- Los niveles retributivos
- Los criterios de progresión salarial
Estos criterios deberán ser objetivos y neutros desde el punto de vista de género.
Derecho de los trabajadores a la información:
Los trabajadores podrán solicitar:
- Su nivel retributivo individual
- Los salarios medios (por sexo) de puestos equivalentes
La empresa deberá responder en un plazo máximo de dos meses e informar anualmente sobre este derecho.
La directiva establece calendarios progresivos:
- +250 trabajadores → informe anual desde junio de 2027
- 150 a 249 trabajadores → cada 3 años desde 2027
- 100 a 149 trabajadores → cada 3 años desde 2031
Estas obligaciones se centran en la comunicación de la brecha retributiva.
- No se podrá prohibir a los trabajadores compartir información salarial si es para defender la igualdad
- La información deberá ser accesible, incluidas las personas con discapacidad
- Podrían existir excepciones para pequeñas empresas en determinados aspectos
