La mediación será una condición previa obligatoria en Italia antes de pasar a la acción judicial en los litigios entre consumidores y comerciantes. Así lo ha corroborado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), que entiende como compatibles la normativa nacional, que explicita la obligatoriedad, y la comunitaria.
Para preservar el derecho de la Unión, se recalca que el consumidor podrá retirarse de la mediación en todo momento, y para que se lleve a cabo el procedimiento deberán darse algunos requisitos.
Según el TUE, la exigencia de mediación no debe conducir a una decisión vinculante para las partes, ni implicar un retraso sustancial para llevar a cabo la acción judicial, interrumpir los correspondientes derechos u ocasionar gastos significativos.
La importancia de la noticia recae en el hecho de tratarse de un precedente europeo en entender la mediación como una política pública que la acercará a los ciudadanos y contribuirá a que sea mucho más conocida, ya que en la mayoría de los casos el principal motivo para no acceder a la mediación es el desconocimiento del proceso. Italia, Francia y el País Vasco, donde ya es obligatoria, avalan este camino.
Cabe recordar que la mediación descomprime el colapso judicial y promueve un sistema en el que la ciudadanía es protagonista de la resolución de sus conflictos.