El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia de gran relevancia que supone un cambio en la interpretación de los requisitos para aplicar la reducción del 95 % en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en el caso de empresas familiares dedicadas al alquiler de inmuebles.
Hasta ahora, la Administración y algunos tribunales exigían no solo la contratación de un trabajador a jornada completa —tal como establece la ley—, sino también acreditar que este disponía de una carga de trabajo suficiente para justificar el contrato. Esta exigencia adicional introducía un componente subjetivo y generaba una elevada incertidumbre en la planificación fiscal de muchas familias.
El Supremo elimina ahora esta interpretación restrictiva y establece que solo es necesario cumplir los requisitos formales previstos en la norma: la contratación de un trabajador a jornada completa (y, en su momento, disponer de un local afecto a la actividad). No corresponde a la Administración exigir requisitos económicos adicionales ni valorar si la carga de trabajo del trabajador está suficientemente justificada.