7 de octubre
14:32

La consultoría transversal jurídica, fiscal y laboral

7 de octubre
14:32
Ingresos por debajo del SMI: ¿es obligatorio darse de alta en el RETA?
30 - 09 - 2025

Ingresos por debajo del SMI: ¿es obligatorio darse de alta en el RETA?

La pregunta es frecuente: si gano menos que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), ¿debo darme de alta como autónomo?

 

El Tribunal Supremo, en la Sentencia 941/2025, de 10 de julio, vuelve a pronunciarse y recuerda que la respuesta no depende de la cuantía de los ingresos, sino de la manera en que se desarrolla la actividad.

 

Según el Decreto 2530/1970 y el Estatuto del Trabajo Autónomo, deben darse de alta en el RETA todas las personas que ejerzan una actividad económica de manera habitual, personal, directa y con ánimo de lucro, aunque los ingresos no alcancen el SMI.

 

Solo quedan excluidos aquellos trabajadores cuya actividad esté encuadrada en otros regímenes de la Seguridad Social (por ejemplo, el del Mar o el de la Minería del Carbón).

 

El nuevo sistema de cotización por tramos, vigente desde 2023, tampoco ha resuelto la polémica. Para ingresos de hasta 670 € al mes, en 2025 la cuota mínima es de 205,23 €, una cifra elevada en relación con los rendimientos.