Si eres residente en España y posees cuentas bancarias, valores, seguros o inmuebles fuera del país que superan los 50.000 €, estás obligado a presentar el Modelo 720.
Hace falta que supere los 50.000 € por alguno de los conjuntos de bienes indicados en el apartado anterior
Hasta el 31 de marzo de 2025.
En caso de que os encontréis obligados a presentarla por haber adquirido bienes en el extranjero durante este pasado 2024 o que hayáis incrementado los bienes que ya habíais declarado con anterioridad en un mínimo de 20.000 €, os podéis poner en contacto con nuestro despacho a la mayor brevedad posible para gestionar la presentación del modelo.
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