El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha establecido un nuevo criterio unificado sobre cómo se tiene que tratar la modalidad de presentación de la renta en los casos de separación con custodia compartida. Esta resolución afecta especialmente aquellos padres o madres separados que, hasta ahora, consideraban la opción de tributar conjuntamente con sus hijos menores.
Según el nuevo criterio, el TEAC ha determinado que, en ausencia de un acuerdo previo entre los progenitores, ninguno de los dos podrá optar por la tributación conjunta. Esta resolución busca evitar que ambos progenitores intenten acogerse en la tributación conjunta, lo cual implicaría un conflicto sobre la composición de la unidad familiar a efectos fiscales.
Dada la situación actual, recomendamos que en los procesos de separación o divorcio con custodia compartida, se establezca un acuerdo previo entre las partes sobre quien podrá optar por la tributación conjunta. Este acuerdo tiene que ser tomado antes de la presentación de las declaraciones de la renta para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
Este nuevo criterio se mantendrá vigente mientras no se modifique la normativa aplicable a la tributación en casos de separación, lo cual podría llevar cambios en el futuro.
Para cualquier duda o para obtener más información sobre cómo afecta esta resolución, no dudéis en contactar con nuestro equipo de asesores fiscales.