El Tribunal Supremo ha consolidado una nueva doctrina en materia de igualdad retributiva que amplía las vías de compensación disponibles para las personas trabajadoras afectadas por discriminación salarial.
A partir de ahora, no solo se podrán reclamar las diferencias salariales impagadas, sino que también se podrá acumular una reclamación de indemnización por lucro cesante, siempre que estas diferencias sean consecuencia de una vulneración del derecho a la igualdad retributiva.
Doble vía de compensación: Cuando se constata una discriminación retributiva, las personas trabajadoras podrán reclamar:
La cuantificación del lucro cesante se puede establecer tomando como referencia las diferencias salariales reales entre el sueldo percibido y el que legalmente corresponde según convenio o contrato.
Esta línea jurisprudencial refuerza la idea que la discriminación salarial no es una mera infracción laboral, sino una vulneración de derechos fundamentales, y como tal, comporta una indemnización específica.
En casos de discriminación, el cómputo de los plazos de prescripción para reclamar no empieza hasta que la situación discriminatoria ha finalizado, hecho que puede ampliar los márgenes para ejercitar acciones legales.
Esta nueva doctrina incrementa las responsabilidades de las empresas en materia de igualdad retributiva. Para evitar conflictos laborales y reclamaciones judiciales, es fundamental: